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Ganancias: Vence El Plazo Para Declarar Gastos Y Recuperar Montos Pagados

Asalariados y jubilados tienen hasta el 31 de marzo para declarar gastos y solicitar la devolución de percepciones por compras en moneda extranjera realizadas en 2025. El trámite se realiza a través de la página de ARCA.

Ganancias: Vence El Plazo Para Declarar Gastos Y Recuperar Montos Pagados

Los asalariados y jubilados que sufrieron descuentos en sus ingresos por el impuesto a las Ganancias durante 2025 tienen plazo hasta el martes 31 de marzo a las 23.59 para declarar gastos que permitan aliviar la carga fiscal, solicitar la devolución de las percepciones por compras en moneda extranjera efectuadas el año pasado e informar remuneraciones en caso de tener más de un empleo bajo relación de dependencia. Con la liquidación de los salarios correspondientes a abril, los empleadores recalcularán el impuesto por los ingresos percibidos durante 2025, considerando la información proporcionada por sus dependientes.

Este recálculo, que se realizará con parámetros reajustados y más favorables para los empleados, resultará en montos a devolver, los cuales se reintegrarán con los salarios del mes próximo, generalmente cobrados en los primeros días de mayo. En el caso de las jubilaciones, la ANSES aclaró que el impacto del recálculo del impuesto se verá reflejado en los haberes de mayo o junio, dependiendo de los tiempos de procesamiento de la información.

Cómo realizar el trámite

El trámite para declarar gastos deducibles o solicitar la devolución de percepciones se realiza a través de la página de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Se debe ingresar con clave fiscal e ir a la opción “Siradig-Trabajador”. En esta época del año, están habilitados dos formularios para declarar datos: el de 2025 y el de 2026. El formulario del año pasado ya no estará disponible a partir del 1° de abril.

Informar una deducción implica restar un monto del ingreso antes del cálculo del impuesto, lo que produce un alivio en la obligación fiscal. Entre las deducciones aplicables se encuentran las personas a cargo (hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo, cónyuge sin ingresos superiores a $4.507.505,52 en 2025), alquileres (con tope anual de $4.507.505,52), pagos por servicio doméstico (con tope de $4.507.505,52), medicina prepaga, gastos por servicios médicos, donaciones, seguros de vida o retiro, gastos para educación e intereses de préstamos para vivienda.

Es fundamental generar una vista previa y marcar el botón de “Enviar al empleador” antes de abandonar el formulario. De lo contrario, el empleador no contará con la información y no la considerará al hacer el recálculo de Ganancias. Además, el formulario del Siradig también es la herramienta para pedir formalmente el reintegro de las percepciones retenidas en operaciones de compra de moneda extranjera y adquisiciones de bienes y servicios en el exterior pagadas en pesos mediante tarjeta de débito o crédito.

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