
La Argentina recibió un respiro judicial en Estados Unidos: la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito revocó el fallo que la condenaba a pagar más de US$16.100 millones por la expropiación de YPF en 2012. Esta decisión judicial deja sin efecto la sentencia de primera instancia dictada por la jueza Loretta Preska. Si bien el impacto es inmediato y alivia la situación financiera del país, el conflicto original y sus riesgos legales aún persisten.
Análisis del Fallo
La clave del fallo radica en la interpretación del derecho argentino respecto a los estatutos de YPF. La Cámara consideró que la jueza Preska erró al tratar los estatutos como un contrato bilateral clásico, cuando en realidad son un acuerdo de organización plurilateral. Esto significa que no generan obligaciones contractuales exigibles entre accionistas individuales, lo que invalida la demanda por daños y perjuicios.
Además, la Cámara argumentó que el caso está atravesado por un acto de expropiación, lo que lo sitúa en el ámbito del derecho público argentino. En este contexto, la Ley General de Expropiación establece que ninguna acción de terceros puede interferir con los efectos de una expropiación. Por lo tanto, cualquier discusión sobre daños debía canalizarse a través de la legislación argentina y no mediante una demanda en tribunales extranjeros.
Si bien el fallo no absuelve a Argentina en términos sustantivos, sí expone que el Estado violó sus compromisos con los inversores al avanzar con la expropiación sin respetar las reglas del estatuto de YPF. No obstante, los jueces determinaron que esta violación no justifica el tipo de reclamo ni la compensación solicitada por los demandantes.
El nuevo escenario desactiva la ejecución de una sentencia considerada impagable y debilita la posición de los fondos que financiaron la demanda. Sin embargo, los demandantes podrían intentar reconfigurar su estrategia legal, explorar otras jurisdicciones o negociar un acuerdo. La cuestión de fondo sobre la forma en que se ejecutó la expropiación de YPF y sus consecuencias legales sigue abierta.
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