AHORA LA TRIBU TV · PERIODISMO EN VIVO · TODA LA INFORMACIÓN AL INSTANTE
▶ YouTube ◈ Instagram

Ley Sobre Ruidos Molestos: Qué Dice la Normativa en Argentina

La Ley 1540 regula la contaminación acústica en CABA. Conozca los límites permitidos, horarios y cómo denunciar ruidos molestos.

Ley Sobre Ruidos Molestos: Qué Dice la Normativa en Argentina

La contaminación acústica es un problema creciente en las grandes ciudades, y Argentina no es la excepción. La Ley Nº 1540, conocida como Ley de Control de la Contaminación Acústica, busca proteger a los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los ruidos molestos, estableciendo límites y regulaciones específicas.

Alcance de la Ley de Contaminación Acústica

Sancionada en 2004, la ley tiene como objetivo prevenir, controlar y corregir la contaminación acústica que afecta la salud y el medio ambiente. Se aplica a ruidos y vibraciones de fuentes fijas y móviles, incluyendo locales comerciales, obras, vehículos y hasta electrodomésticos. La normativa establece límites máximos de emisión sonora según la zona, el horario y la actividad, con criterios técnicos para medir la intensidad del sonido y sanciones por infracciones.

Se considera ruido molesto aquel que excede los decibeles permitidos (por ejemplo, 55 dB de día y 45 dB de noche en zonas residenciales), se produce de forma continua o repetida, y genera molestias a personas ajenas a la fuente. La ley es más estricta durante la noche, entre las 22 y las 7 de la mañana, con controles más intensos y menor tolerancia.

Horarios, Sanciones y Denuncias

Las sanciones por infringir la ley van desde advertencias hasta multas económicas, clausuras temporales o definitivas, y retiro de equipos emisores de ruido en caso de reincidencia. En edificios, el Reglamento de Copropiedad y la Ley 941 también contemplan cláusulas sobre ruidos molestos, prohibiendo actividades que alteren la tranquilidad fuera del horario permitido. Los administradores deben mediar en conflictos vecinales, pudiendo recurrirse a la vía judicial o administrativa.

Para las obras privadas, se permiten trabajos entre las 7 y las 20 de lunes a viernes, y de 8 a 13 los sábados. Fuera de estos horarios, está prohibido el uso de herramientas ruidosas. Si una obra incumple estos parámetros, los vecinos pueden denunciarla.

Si bien lo ideal es dialogar con el responsable del ruido, existen varios canales para denunciar formalmente: llamando al 147, a través de la web o la app “BA 147”, o acudiendo a la Agencia de Protección Ambiental (APrA). También se puede denunciar en la comisaría o en la Fiscalía de la Ciudad.

Es importante destacar que esta ley rige exclusivamente en la Ciudad de Buenos Aires. En otras jurisdicciones, como la provincia de Buenos Aires o el interior del país, existen normativas locales similares, pero con regulaciones propias. Siempre es recomendable consultar la ordenanza vigente de cada municipio.

Seguinos en nuestras plataformas: YouTube (@latributvcba), Instagram y Facebook como La Tribu TV. También podés contactarnos por WhatsApp al 2572 509237.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *